El cierre del año se hace en CONTABILIDAD / ASIENTO DE CIERRE
.
Esta pantalla limpia las cuentas del estado de resultados, es decir las cuentas cuyos códigos empiezan con 4, 5 y 6 que son Ingresos, Costos y Gastos respectivamente.
Si los ingresos son mayores que los costos y gastos juntos el resultado se llama Utilidad del Ejercicio.
Si son menores, el resultado se llama Pérdida del ejercicio.
Después de hacer el cierre no se podrá ingresar nuevos documentos, ni anular, ni modificar los existentes en el año cerrado en ningún módulo.
Antes de hacer el cierre debería verificar que los módulos del sistema cuadran con la contabilidad
INVENTARIO / REPORTES DE INVENTARIO / Existencias Costo
comparado con CONTABILIDAD / REPORTES CONTABLES / Balance General
, deberían dar la misma cifra. Si no dan igual, correr un reproceso.CONTABILIDAD / ASIENTO DE CIERRE
Calcular Todo
.UTILIDAD DEL EJERCICIO
o PERDIDA DEL EJERCICIO
).15% PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORES
).IMPUESTO A LA RENTA POR PAGAR
).RETENCIONES FUENTE CLIENTES
.RESERVA LEGAL
).El botón
Calcular Todo
sólo sirve para "proyectar" los valores. Siempre deben ser modificados por el usuario final, para reflejar el valor real de la conciliación tributaria.
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|
41001 Ventas |
1000 | |
51001 Costo de ventas |
200 | |
61001 Gastos |
300 | |
33001 Utilidad del ejercicio |
500 |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|
41001 Ingresos |
400 | |
51001 Costos |
200 | |
61001 Gastos |
300 | |
33002 Pérdida del ejercicio |
100 |
El asiento de cierre siempre tiene fecha 31 de Diciembre del año que va a cerrar.
Si uno saca el balance general después de haber hecho el cierre, el sistema ya no presentará las cuentas calculadas (codigo 9999
), sino la cuenta del patrimonio que se utilizó en el cierre (En los ejemplos anteriores usamos 33001 - UTILIDAD DEL EJERCICIO
o 33002 - PERDIDA DEL EJERCICIO
).
El balance general por su propia naturaleza arrastra automáticamente los saldos de un año para otro. Es decir, esa cuenta del patrimonio se va a seguir mostrando el año siguiente; lo cual sería incorrecto, porque ese año va a calcular su propia utilidad / pérdida.
La solución es reclasificar ese resultado en otra cuenta de patrimonio mediante un asiento de diario. Normalmente este diario tiene fecha 1 de Enero del año siguiente al cierre. Ej:
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|
31001 Utilidades Acumuladas |
500 | |
33001 Utilidad del ejercicio |
500 |
Cuenta | Debe | Haber |
---|---|---|
31002 Pérdidas Acumuladas |
100 | |
33002 Pérdida del ejercicio |
100 |
El cierre se anula en CONTABILIDAD / ANULAR ASIENTOS
, como si fuera un asiento convencional. El usuario debe tener el permiso ROLES Y ATRIBUCIONES / PUEDE ANULAR ASIENTOS DE CIERRE
.
El cierre genera de 2 a 4 asientos dependiendo de cómo se hizo, por lo tanto, se deben anular TODOS LOS ASIENTOS GENERADOS. No basta anular 1 solo.
Los encontrarás todos juntos con fecha 31 de diciembre con el documento DIARIOS.